Deberes de los trabajadores:
·
Procurar
el cuidado integral de la salud.
·
Suministrar
información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
·
Colaborar
y velar por el cumplimiento de las obligaciones contrarias.
·
Cumplir
las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de la
·
Salud
Ocupacional en la organización.
·
Participar
en la prevención de los riesgos laborales a través del Copasst
·
Las
personas pensionadas por invalidez debe informar a la Administradora de Riesgos
Laborales correspondiente en el momento en que se desaparezca o se modifique la
causa por la cual se le otorgó la pensión.
Derechos de los trabajadores:
·
Atención
inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento del Accidente de Trabajo.
·
Atención
médica, quirúrgica, terapéutica, farmacéutica prestada por la IPS donde está
afiliado.
·
Servicio
hospitalario, odontología, diagnóstico, tratamiento y suministro de
medicamentos.
·
Rehabilitación
física y profesional.
·
Elaboración
y reparación de prótesis y ortesis.
·
Gastos
de traslados en condiciones normales y necesarias para la prestación de los
anteriores servicios.
·
Subsidio
por incapacidad temporal.
·
Indemnización
por incapacidad permanente o parcial.
·
Pensión
de invalidez
·
Pensión
de sobreviviente por la muerte del afiliado o pensionado.
·
Auxilio
funerario a quien sufragan los gastos del entierro de un afiliado o pensionado.
Deberes del empleador:
·
Controlar
o conformar equipos de prevención de riesgos laborales.
·
Adquirir
o facilitar los equipos y materiales para el control de factores de riesgo en
la fuente o en el medio laboral.
·
Asesoría
básica para las organizaciones en cuanto al diseño del programa de Salud
Ocupacional.
·
Capacitación
para los Brigadistas de Emergencias.
·
Fomento
de estilos de vida saludable.
·
Asesoría
técnica.
·
Evaluación
del programa de Salud Ocupacional.
Derechos del empleador:
·
Orientación
por parte de la administradora de riesgos laborales, sobre la prevención y
evaluación de los riesgos y recomendaciones que controlen el factor de riesgo.
·
Recibir
por parte de la Administradora de Riesgos Laborales ARL, asesoría para los
programa de medicina laboral, seguridad e higiene industrial y salud
ocupacional.
·
El
pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio.
·
Traslado
del monto de las cotizaciones por parte de la Administradora de Riesgos
Laborales correspondiente dentro del plazo indicado.
·
Procurar
el cuidado integral de los trabajadores.
·
Informal
a la ARL las novedades del personal.