domingo, 26 de agosto de 2018

1. DEBERES Y DERECHOS EN SALUD FRENTE A ACCIDENTES Y ENFERMEDADES SÚBITAS




Deberes de los trabajadores:

·         Procurar el cuidado integral de la salud.
·         Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
·         Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contrarias.
·         Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de la
·         Salud Ocupacional en la organización.
·         Participar en la prevención de los riesgos laborales a través del Copasst
·         Las personas pensionadas por invalidez debe informar a la Administradora de Riesgos Laborales correspondiente en el momento en que se desaparezca o se modifique la causa por la cual se le otorgó la pensión.




Derechos de los trabajadores:

·         Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento del Accidente de Trabajo.
·         Atención médica, quirúrgica, terapéutica, farmacéutica prestada por la IPS donde está afiliado.
·         Servicio hospitalario, odontología, diagnóstico, tratamiento y suministro de medicamentos.
·         Rehabilitación física y profesional.
·         Elaboración y reparación de prótesis y ortesis.
·         Gastos de traslados en condiciones normales y necesarias para la prestación de los anteriores servicios.
·         Subsidio por incapacidad temporal.
·         Indemnización por incapacidad permanente o parcial.
·         Pensión de invalidez
·         Pensión de sobreviviente por la muerte del afiliado o pensionado.
·         Auxilio funerario a quien sufragan los gastos del entierro de un afiliado o pensionado.


·         Controlar o conformar equipos de prevención de riesgos laborales.
·         Adquirir o facilitar los equipos y materiales para el control de factores de riesgo en la fuente o en el medio laboral.
·         Asesoría básica para las organizaciones en cuanto al diseño del programa de Salud Ocupacional.
·         Capacitación para los Brigadistas de Emergencias.
·         Fomento de estilos de vida saludable.
·         Asesoría técnica.
·         Evaluación del programa de Salud Ocupacional.

Derechos del empleador:

·         Orientación por parte de la administradora de riesgos laborales, sobre la prevención y evaluación de los riesgos y recomendaciones que controlen el factor de riesgo.
·         Recibir por parte de la Administradora de Riesgos Laborales ARL, asesoría para los programa de medicina laboral, seguridad e higiene industrial y salud ocupacional.
·         El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio.
·         Traslado del monto de las cotizaciones por parte de la Administradora de Riesgos Laborales correspondiente dentro del plazo indicado.
·         Procurar el cuidado integral de los trabajadores.
·         Informal a la ARL las novedades del personal.
·         Informar a los trabajadores donde están afiliados.



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1. DEBERES Y DERECHOS EN SALUD FRENTE A ACCIDENTES Y ENFERMEDADES SÚBITAS

Deberes de los trabajadores: ·          Procurar el cuidado integral de la salud. ·          Suministrar información clara, veraz...